jueves, 24 de septiembre de 2015

REGLAS DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

Estas reglas surgen por los conflictos que plantean los factores de conexión, se puede decir que son principios por los cuales se deben seguir en este Derecho. Estos fueron creados por las Escuelas Estatutarias de algunos preceptos jurídicos de carácter consuetudinario  y de loa formación inter-estatal.
En ellos se encuentran:

LA PERSONALIDAD  DE LEY

El Principio el Estado y la capacidad de la persona  se determina pro la ley personal del individuo, estamos en presencia de la regla de la personalidad de la ley basada en:

NACIONALIDAD                                   DOMICILIO

                       

LEX REI SITAE

Determinada por la ubicación de dichos bienes. Según Savigny "es donde se encuentra la sede de la relación jurídica"

LOCUS REGIT ACTUM

El acto jurídico se regirá por el ordenamiento jurídico donde se realizo o se celebro al acto. 

 AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD

Actos o negocios contractuales donde las partes pueden realizar o establece todo lo que consideren necesario, depende de la voluntad de las partes.



"ESTAS REGLAS, DENOMINADAS TAMBIÉN CONFLICTOS DE CONEXIÓN O COLISIÓN, POR ESO SON REGLAS ESPECIALES YA QUE PERTENECEN A LA TÉCNICA JURÍDICA DE UN DERECHO ESPECIAL COMO LO ES EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO".  

No hay comentarios:

Publicar un comentario